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Comunicado de la Red del Río Luján frente a las graves inundaciones acaecidas en los últimos días


             La Red del Río Luján se dirige a la comunidad ante la crítica situación generada por las intensas lluvias caídas en una amplia área del Norte de la provincia de Buenos Aires que, particularmente, afectó a los municipios de Campana y Zárate. El cambio climático, innegable impulsor de eventos climáticos cada vez más extremos, no es el único responsable de las graves inundaciones y no puede ser utilizado por los funcionarios para excusar su responsabilidad en la generalizada desorganización territorial que, hace años, venimos denunciando. 

Calle 26 y 63. Mercedes


              La especulación desenfrenada de los desarrolladores inmobiliarios, sostenida e impulsada desde varios municipios, ha convertido a la naturaleza en una mera mercancía donde los servicios que ella presta y la función social de la tierra han sido olvidadas. Así, se han invadido humedales, destruyendo su biota para luego rellenarlos y crear barrios cerrados, industrias, entre otros, alterando el normal escurrimiento de las aguas y eliminando la extraordinaria capacidad de almacenamiento de agua que poseen. Los números son claros: se estima que, en la cuenca del río Luján, el 20,88% de los humedales inventariados en los partidos de Luján, Pilar y Escobar están ocupados por urbanizaciones cerradas (Fuente: Actualización 2025:  Mapeo de endicamientos, terraplenes y urbanizaciones cerradas en el Delta del Paraná  y cuencas tributarias bonaerenses Fundación Humedales) . Según este informe, 19 urbanizaciones cerradas están, total o parcialmente, emplazadas dentro de la línea de ribera (línea imaginaria que determina hasta donde llega la ribera del río)  y hay 4 más proyectadas en esas condiciones. Esto representa una pérdida del 26,8% de la superficie de humedales de la planicie de inundación del río Luján. 





               Literalmente, esto es un robo de tierras pues la legislación vigente establece que el cauce y las márgenes de ríos y arroyos hasta esta línea de ribera son de dominio público. Es decir, pertenecen al conjunto de la sociedad y no pueden ser apropiados por privados, están destinados al uso y utilidad públicas. 

              A esto deben sumarse 1.002,9 km2 de endicamientos, 3.983,17 km de terraplenes y más de 400 canales clandestinos (solo en la cuenca del rió Luján) impulsados, sobretodo, por productores agropecuarios que secan los humedales para desarrollar sus actividades. Incluso, se han desviado algunos cauces de arroyos. Esto es lo que perpetró la empresa Techint con el Arroyo de la Cruz (en el Municipio de Campana), además, de rellenar sus riberas y enterrar materiales metálicos de diverso tipo. 



               El proceso de sojización ha producido, con las prácticas agrícolas que lo acompañan , una impermeabilización del suelo que reduce la infiltración de las lluvias y aumenta la cantidad de agua acumulada en superficie .

              A este peligroso coctel de irregularidades se suman la cuestión de los Códigos de Ordenamiento del Territorio (COT). Actualmente el Concejo Deliberante de Escobar está tratando en comisiones un nuevo proyecto de ordenanza de Código de Ordenamiento del Territorio remitido por el intendente de Escobar, sin respetar el debido proceso de evaluación de impactos ambientales acumulativos, sinérgicos y permanentes de forma previa, que debe incluir  la realización de diversidad de estudios y la participación ciudadana institucionalizada a través de audiencia o consulta pública. En el caso de Pilar, el COT se aprobó en 2023 a nivel municipal y convalidó a nivel provincial sin respetar este relevante proceso ambiental previo. En tanto que en Campana, se ha intentado en más de una oportunidad modificar el Código Urbano Ambiental, sin más justificación que la de favorecer intereses privados.



Como paliativo a las inundaciones generadas por esta desorganización territorial, combinación de corrupción, desidia e ignorancia, desde la provincia de Buenos Aires se recurre a costosísimas obras hidráulicas de canalización y rectificación de los ríos que, como venimos denunciando hace años,  no son la solución. Al respecto decenas de expertos se han expedido públicamente en igual sentido frente a las obras de rectificación del río Luján. Dichas obras ya han sido ejecutadas en la cuenca alta (Mercedes, Luján, incluso en Pilar) lo que acelera el caudal de agua hacia las localidades ubicadas aguas abajo, agravando la situación por la pérdida de las esponjas naturales que son los humedales. Así, aumentó la altura y la permanencia del agua e, incluso, alcanzó a poblaciones que no se inundaban y tampoco solucionó el problema de algunos barrios de la ciudad de Luján, históricamente afectada por inundaciones. No queremos que situaciones como la actual en Pilar, Escobar, Campana y demás localidades, que resultan peligrosas para la vida y que favorece la transmisión de enfermedades, conduzca a pérdidas humanas como ha acontecido en ésta y anteriores inundaciones. 



          Es imperativo que abordemos esta problemática sin más dilaciones, exigiendo soluciones que prioricen el bienestar de todos los habitantes y la sostenibilidad de las cuencas bonaerenses. Por eso, reiteramos lo que venimos diciendo hace muchos años:

 1.- Se deben paralizar y no seguir permitiendo el desarrollo de emprendimientos y obras que destruyen los humedales y llanuras de inundación de los cursos de agua, en cumplimiento de los principios ambientales de la Ley Gral. Del Ambiente (N° 25.675).  

2.- Gestionar la delimitación de la línea de ribera de los principales ríos y arroyos bonaerenses en uso de las facultades municipales y provinciales que brinda la legislación vigente, como primer paso necesario hacia el ordenamiento territorial.  

3.- Respetar los procesos de evaluación de impacto ambiental previos a la aprobación de los Códigos de Ordenamiento del territorio, e incorporar en estos la delimitación de la línea  de ribera.

4.-  Priorizar las soluciones basadas en la naturaleza que recomponen y conservan las llanuras de inundación y los humedales (art. 41 CN), grandes esponjas absorbentes del agua que amortiguan las inundaciones y dan protección  durante las tormentas. Comprobadas hace más de 20 años a nivel mundial, están reemplazando a las obsoletas  obras hidráulicas  en diversos países -

 Contacto: Adriana Anzolín, Mail: adanzolin@gmail.com

Red del Río Luján, Asociación Patrimonio Natural, Asociación Ambientalista Los Talares, Asociación Ambientalista del Partido de Escobar, Asociación SOS Habitat, Asamblea Delta y Río de la Plata

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